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sábado, 4 de diciembre de 2010

LA VIGENCIA CONVENIO DE APOSTILLA DE LA HAYA ES UNA REALIDAD


LA VIGENCIA DEL CONVENIO DE LA APOSTILLA DE LA HAYA, ES UNA REALIDAD Y LA AGRUPACIÓN PALPA RESIDENTES EN ARGENTINA FUE UNO DE LOS PRINCIPALES PROPULSORES, COMO GESTORES.

La Agrupación PALPA Residentes en Argentina,  ha venido presentando desde el año 2005. Con diversos documentos a nuestras autoridades de Lima como Congresales, Cancillería en Lima, Embajada del Perú en Argentina y Consulado General del Perú en Buenos Aires, para lograr que nuestras luchas, nuestras propuestas, nuestros proyectos, nuestra fe, sean una realidad y una verdad inevitable.

El año 2009 en octubre viajó a Lima una comisión de integrantes de la Agrupación PALPA Residentes en Argentina, a la V Convención Internacional de los Consejos de Consulta y Comunidades de Peruanas del Exterior, realizada en el Congreso de la República del Perú, para tratar las diversas problemáticas que atravieza nuestras comunidades asentadas en el exterior, uniendo coincidencias en común, teniendo una repercusión, éxito deseado de nuestros reclamos de las asociaciones civiles autoconvocadas, de los ex presidentes, miembros de los Consejos de Consulta de Italia (Ana María Marzal), España ( Manuel Gálvez), EE.UU ( Miguel Chávez y Julio Rojas), Bolivia (Carlos Andrade Pareja), Cánada (Elisa Berrospi y Paúl Obando) y Argentina ( Miguel Angel Bayona y Jorge Pineda Alavarado) que lograron desde sus diferentes países plantear en forma coherente sus necesidades.


Y bien nosotros desde nuestra tribuna insistimos y entregamos a través de nuestra Embajada del Perú de la República de Argentina, Consulado General del Perú en Buenos Aires, Cancillería en Lima, Congresales, Ministros, Primer Ministro, Presidencia de la Nación y diarios de la colectividad como el Sol del Perú, entregando asi de esta forma nuestros proyectos que se fueron trabajando, canalizando en forma conjunta, como también la defensoría del pueblo, estos logros están saliendo de uno en uno y que a continuación hacemos conocer una de las importantes:


Primero: La Convenciòn de la Haya.


INFORMACIÓN SOBRE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL CONVENIO DE LA APOSTILLA DE LA HAYA.

1. El “Convenio que Suprime la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros” entró en vigencia para el Perú el 30 de setiembre del 2010 y solo con aquellos Estados que no presenten observaciones o restricciones. Los únicos países que han presentado observaciones son Alemania y Grecia. 


2. La entrada en vigor de este convenio permitirá facilitar la legalización de los documentos públicos emitidos en el Perú para ser utilizados en el extranjero, suprimiendo la larga cadena de legalizaciones a una sola, mediante un sello especial conocido como la “Apostilla de La Haya“. Este procedimiento permitirá igualmente reducir costos y tiempo para los trámites que realizan nuestros ciudadanos para legitimar sus documentos ante la Cancillería.

3. La Autoridad Competente en el Perú respecto del Convenio es el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú – Dirección General de Política Consular.


4. El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú no puede apostillar documentos peruanos antes del 30 de setiembre de 2010. Igualmente, los documentos extranjeros apostillados no surten efectos jurídicos en el Perú sino a partir del 30 de setiembre de 2010.


5. No todos los documentos pueden ser apostillados. Están excluidos aquellos que emiten los agentes diplomáticos o consulares así como los documentos administrativos que se refieran directamente a una operación mercantil o aduanera.



6. En lo sucesivo documentos públicos como Partidas de Nacimiento, Matrimonio, Divorcios, Títulos, Sentencias, Poderes Notariales, etc. emitidos en el Perú, deberán ser sellados por el Ministerio de Relaciones Exteriores con La Apostilla, y estarán listos para partir a su lugar de destino, sin necesidad de sellos del consulado del país de destino.


7. De igual manera, los documentos emitidos en el extranjero que tengan como destino el Perú, serán aceptados siempre que cuenten con la apostilla correspondiente, sin necesidad de la legalización de nuestras oficinas consulares.

8. Actualmente son 93 países suscritos a la Convención de la Apostilla, muchos de ellos con significativas comunidades peruanas como: Los Estados Unidos, Francia, Italia, Australia, España, Japón, Venezuela, Argentina, Brasil, entre otros.


9. En la Apostilla constan los siguientes datos:


• Nombre del país del que procede el documento;
• Nombre de la persona que firma el documento;
• Capacidad con la que ha actuado la persona que firma el documento;
• Nombre de la autoridad que ha impuesto el sello, en caso de documentos sin firma;
• Lugar de certificación;
• Fecha de certificación;
• Autoridad que emite el certificado;
• Número de certificado;
• Sello de la autoridad que emite el certificado;
• Firma de la autoridad que emite el certificado.

2.- Segundo: La Creación del Distrito Electoral Para los Peruanos del Exterior (PEX), el Voto Electrònico.

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